La sentencia considera que la concentración motorista vulnera las Leyes de Montes y Espacios Naturales, las Directrices de Valladolid y Entorno, el PGOU de Valladolid y el Plan del Pinar.

Por sentencia nº 798, de 16 de abril de 2014, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Valladolid ha anulado la autorización otorgada por la Dirección General del Medio Natural de la Junta de Castilla y León al Club Turismoto para la realización de la edición de 2010 de la concentración motorista “Pingüinos” en el Pinar de Antequera de Valladolid.

Aunque la sentencia considera que dicha concentración no constituye un “proyecto” susceptible de evaluación de impacto ambiental o sobre la Red Natura 2000 (en la que se integra la playa de Puente Duero colindante con el área ocupada por la misma), el Tribunal entiende que “no queda suficientemente acreditada la compatibilidad necesaria entre la conservación de los valores naturales -particularmente la flora- con una concentración masiva de motoristas con acampada, máxime cuando los informes técnicos existentes en el expediente administrativo insisten en que los daños al medio natural tienen carácter acumulativo año a año”.

La autorización de la concentración infringe así la Ley de Montes de Castilla y León, pero también las Directrices de Ordenación del Territorio de Valladolid y Entorno (DOTVAENT), ya que el Pinar de Antequera está catalogado por las mismas como Área de Singular Valor Ecológico (ASVE) y Parque Metropolitano, y “el uso especial autorizado por los actos autonómicos está referido a una actividad recreativa pero con afluencia masiva de asistentes, además de una acampada, instalaciones provisionales y asistencia de otros motociclistas en número elevado, lo cual no se cohonesta con el régimen de protección previsto en las Directrices para la Protección de los Espacios Valiosos […]; tampoco se concilia con el uso recreativo (oferta variada de actividades recreativas) de las directrices para el Sistema Subregional de Parques […] dado que lo circunscribe a la aglomeración urbana y a los municipios de su entorno, esto es, al disfrute de los residentes en el municipio donde radica el parque metropolitano o aquellos de municipios cercanos”.

Este mismo hecho de que la actividad “consiste en una concentración de motoristas con acampada, cuyos participantes provienen en gran número de fuera de la provincia” motiva que el TSJ aprecie vulneración de la Ley de Espacios Naturales de Castilla y León, al estar declarado bajo su cobertura el Pinar de Antequera como Zona Natural de Esparcimiento, ya que el uso autorizado “no puede ni debe quedar subsumido en el de proporcionar a su población lugares de descanso, recreo y esparcimiento de un modo compatible con la naturaleza”, contemplado en la Ley citada.

Finalmente, respecto al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valladolid y el Plan Especial del Pinar de Antequera, señala la sentencia que dadas “la previsión de dos zonas de aparcamiento para motocicletas dentro de la franja del monte público a ocupar y la previsión de asistentes (8.000 al día con un total de 20.000 en tres días), considera la Sala que la dimensión y envergadura de las actividades objeto de los actos administrativos recurridos rebasan con exceso las posibilidades autorizadas de recreo y deporte en las determinaciones del planeamiento urbanístico, las cuales están destinadas a conductas individuales o de grupos reducidos excluyendo el uso de vehículos a motor y las aglomeraciones numerosas, en todo caso”. La sentencia cuestiona el informe emitido en 2008 por el técnico municipal Jesús Ángel Ortega Valverde justificando la legalidad de la actuación, resultando que en realidad está prohibida por la normativa urbanística.

Ecologistas en Acción considera que la sentencia del TSJ, que no es recurrible, ratifica la imposibilidad legal de utilizar cualquier lugar del Pinar de Antequera para la realización de la concentración motorista “Pingüinos”, y lamenta que el Ayuntamiento de Valladolid y la Junta de Castilla y León se hayan valido una vez más de la lentitud de la Justicia para autorizarla ilegalmente durante seis años, provocando la perdida del regenerado de pino piñonero en las 31 hectáreas afectadas por la concentración motorista.

Por todo ello, la organización ecologista exige a la Junta de Castilla y León que ejecute sin dilación el aval de 45.000 euros requerido al Club Turismoto para la restauración del pinar, procediendo a realizar de inmediato las actuaciones contempladas en el Plan de Ordenación del Pinar de Antequera para el periodo 2012-2023, incluyendo la retirada de infraestructuras, la demolición de las construcciones, el acondicionamiento de caminos y senderos, la descompactación del suelo, la plantación de 8.000 unidades de pino piñonero, encina y sabina y el riego de las plantas durante cinco veranos.