Tanto Melilla ConBici, como Guelaya-Ecologistas en Acción, solicitaron hace aproximadamente cuatro años la elaboración de un “mapa de ruidos”.

La legislación sobre mapas de ruidos se deriva de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y fue desarrollada por el Real Decreto 1513/2005, posteriormente modificado por el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre.

La necesidad de elaborar un Mapa estratégico de ruidos en Melilla tiene que ver con los objetivos de la Ley de ruidos:

  • Permitir la evaluación global de la exposición a la contaminación acústica de una determinada zona.
  • Permitir la realización de predicciones globales para dicha zona.
  • Posibilitar la adopción fundada de planes de acción en materia de contaminación acústica y, en general, de las medidas correctoras que sean adecuadas.

En el contexto de la elaboración del Plan de Movilidad Urbana sostenible (PMUS), nuestras entidades sociales justificaron la importancia de contar con un instrumento de diagnóstico sobre el ruido debido ya que el tráfico rodado es una de las fuentes de ruido más común en todas las ciudades.

Pero además de instrumento de diagnóstico, un mapa de ruidos posibilita la adopción de medidas correctoras en materia de contaminación acústica, lo que es de aplicación tanto en el PMUS como en el PGOU. Este es el argumento central por el que nuestras entidades consideran útil esta herramienta, resolver problemas que afectan a la ciudadanía en su conjunto.

La contaminación acústica es responsable de numerosas consecuencias psicológicas, físicas, sociales y económicas:

  • Malestar y estrés
  • Trastornos del sueño
  • Pérdida de atención
  • Dificultad de comunicación
  • Pérdida de oído
  • Afecciones cardiovasculares
  • Retraso escolar
  • Conductas agresivas
  • Dificultad de convivencia
  • Costes sanitarios
  • Baja productividad
  • Accidentes laborales
  • Pérdida de valor de los inmuebles
  • Ciudades inhóspitas
  • Retraso económico y social

Antecedentes

La Consejería de Medio Ambiente contrata tras procedimiento de licitación sin publicidad a la empresa CECOR para la realización de un “Mapa Estratégico de Ruido de la Ciudad Autónoma de Melilla”

En noviembre de 2012 se adjudica a CECOR, una empresa de Valladolid. Se trata del Mapa Estratégico de Ruido de la ciudad (voluntario, que incluye la Zonificación, que era obligatorio desde ese mes de octubre), tras proceso de licitación y adjudicación melillense con orden número 0666, de 4 de octubre de 2012. Y se publica en prensa y en su web, indicando expresamente que estará listo en 10 meses. El procedimiento es negociado sin publicidad a la única empresa que se ha presentado, por un total de 32.450,08 euros. Adjudicado el 18/10/2012 y formalizado el 02/11/2013 (05/11/2013, adjudicatario definitivo

El 08/03/2013, la empresa presenta su propuesta de estudio de Zonificación Acústica, Mapa Estratégico de Ruido y Planes de Acción de la Ciudad Autónoma de Melilla. En el mismo, la empresa se compromete a elaborar informes periódicos y a un cronograma de 10 meses, incluyendo tener los Planes de Acción y la campaña de divulgación al público. Según el cronograma también, la zonificación acústica debía estar entregada en el 5º mes, esto es, a mediados de 2013. Sin embargo, la empresa presenta el 30/11/2013 dicha Zonificación.

Posteriormente, se ha publicado en la web de Medio Ambiente ambos documentos:

  • Tras la exposición pública, no se ha producido ninguna actuación posterior.
  • Por lo tanto, los 32.450,08 euros que se invirtieron no han producido ningún efecto. Las ordenanzas de ruidos están obsoletas, y el plan de actuaciones que se tenía que elaborar, tras audiencia a los interesados, no se ha producido.
  • Tras las elecciones de mayo 2015, se produce el relevo del Consejero de Medio Ambiente. En conversaciones mantenidas con el nuevo consejero, hace 6 meses, se le manifestó la necesidad de iniciar el proceso de elaboración de plan de actuaciones derivadas del mapa de zonificación expuesto al público.
  • A fecha de hoy nuestras entidades sociales no han sido requeridas para manifestar alegaciones, paso previo a la elaboración del Plan de actuación.

Diagnóstico publicado

La consejería de Medio Ambiente puso a información pública la elaboración del Mapa de Zonificación realizado por CECOR, como fase previa para la elaboración de un programa de medidas.

Los datos incluidos en información pública sobre el ruido en Melilla indican claramente la necesidad de adoptar medidas.

Se aprecian en los resultados que hay pocos lugares con más de 75 decibelios, pero entre 55 y 75 decibelios está el 40% del territorio total, lo cual no es una cifra despreciable.

Están afectados de forma grave con más de 75 decibelios 132 viviendas y 443 personas.

Las zonas acústicas en donde se sobrepasan el nivel de 55 dBA, por encima de los valores límites legales, se corresponden con zonas de uso sanitario y docente, y zonas residenciales, es decir, las de más incidencia social de la ciudad.

En las conclusiones se aportan datos sobre viviendas, personas y colegios que reciben 65 decibelios, lo que sobrepasa los niveles legales tanto en viviendas como en colegios y centros sanitarios. En estas condiciones de ruido igual o superior a 65 decibelios, tenemos:
- 8.054 viviendas
- 26.555 personas
- 19 colegios (entendemos centros docentes en general), y 12.393 alumnos
- 1 centro de salud

Sobre las causas de la contaminación acústica, destaca por encima de todas las del tráfico rodado, que es la causa del 97% del ruido, pero no se debe descartar las causas industriales, que afectan específicamente a los aledaños de la incineradora, es decir, al barrio de Mª Cristina.

Desarrollo reglamentario

La ciudad de Melilla posee unas “Ordenanza de protección del medio ambiente frente a la contaminación por ruidos y vibraciones”, de 2010. Esta normativa NO ha sido adaptada a los criterios de la legislación nacional básica todavía, por lo que hay que considerarla obsoleta. La intención de hacerlo por parte de la Ciudad Autónoma se manifestó hace más de 2 años.

No existe, por tanto, normativa específica en vigor en la ciudad, lo que puede provocar que no se pueda sancionar a nadie en función de un reglamento obsoleto, por lo que la ciudadanía se encuentra desprotegida en casos de contaminación acústica.

Conclusiones

  1. Si no se hace nada, hemos perdido 32.450,08 euros de dinero público. Todo lo que interesa, tomar medidas para prevenir la contaminación acústica que ahora sabemos que existe y a quién afecta, está por hacer.
  2. Será difícil o imposible proteger a la ciudadanía de la contaminación acústica si las ordenanzas municipales, competencia de la Ciudad Autónoma, están obsoletas.
  3. La Consejería de Medio Ambiente, que inició el proceso de elaboración del mapa de ruidos el 4 de octubre de 2012, lleva desde el año 2014 sin tomar iniciativas, cuando año antes estaba previsto finalizar el proceso iniciado.
  4. El plan de actuaciones sobre ruidos es una herramienta de planificación urbanística. Todavía estamos a tiempo con el PGOU, puesto que no está aprobado. En relación al PMUS, tras su aprobación en consejo de gobierno, no lo encontramos en el BOME ni se nos ha facilitado copia. ¿Existe, ha pasado periodo de información pública o es un montón de papeles en un cajón?
  5. Un Plan de acción contra la contaminación acústica tiene sentido si se incorpora al PGOU, al PMUS y se actualizan las ordenanzas municipales.
  6. Existen discrepancias serias sobre el informe hecho público que debe ser debatido. ¿Cómo es posible que la residencia de la Tercera edad sea una zona “sanitario-docente”, y cruzando la acera, el colegio Enrique Soler y el IES Juan A. Fernández (Huerta Salama) sean zonas residenciales .
  7. La última petición de que se termine el proceso por parte de las entidades sociales que lo solicitamos al consejero de Medio Ambiente fue realizada en una entrevista hace 6, meses no ha recibido respuesta. Quizás la Ciudad Autónoma considera que al tener una zonificación acústica, de obligado cumplimiento para todos los municipios desde el año 2013, no ha valorado la necesidad de diseñar un plan de Acción. El “mapa de ruidos” fue encargado a CECOR por el gobierno de la ciudad, pero quién lo gestiona es Medio Ambiente.
  8. Si no se diseña un plan de actuación en Melilla sobre ruidos que afecte al PGOU y al PMUS, se podrá afirmar que no existe voluntad política para tomar medidas en defensa de la salud pública de las personas por motivos de contaminación acústica.
  9. No es posible aprobar un plan de actuación sobre contaminación acústica sin participación social porque la Ley así lo establece. Si las entidades sociales manifestamos nuestro interés públicamente, solo falta que la Ciudad Autonómica manifieste el suyo a cumplir con lo que ella misma ha iniciado.
  10. Por todo ello, solicitaremos el inicio de audiencias con los interesados y administraciones, para elaborar un plan de acción y un nuevo periodo de información pública.

Propuestas

  1. La consejería de Medio Ambiente debe iniciar con la mayor celeridad posible la actualización de las Ordenanzas de ruidos de la ciudad de Melilla.
  2. La consejería de Medio ambiente debe continuar con el procedimiento de aprobación de un plan de actuación sobre contaminación acústica en la ciudad de Melilla.
  3. Para poder elaborar un plan de actuación sobre contaminación acústica, la Consejería de Medio Ambiente debe dar audiencia y solicitar alegaciones a las entidades sociales que hemos manifestado público interés en el asunto, al igual que al resto de Administraciones públicas implicadas.
  4. Proponemos que se modifique la zonificación presentada, debido a que la mayoría de centros educativos y sanitarios quedan sometidos a niveles de ruido de zonas residenciales, que son menos restrictivos.
  5. Una vez elaborado el borrador de plan de actuaciones, debe abrirse a toda la sociedad el periodo de información pública y la presentación de alegaciones.